Capítulo 3: Apertura y desarrollo del acto electoral.
2. Los requisitos para votar son:
Estar inscripto o inscripta en el padrón de la mesa: No podrá agregarse al padrón a ningún elector o electora, fiscal, Autoridad de Mesa ni personal afectado a los comicios. Quien no esté inscripto o inscripta en el padrón no podrá votar.
Presentarse con documento habilitante para votar:
El ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón.
El DNI tarjeta que tiene la leyenda “no válido para votar” es un documento válido para votar. Es el único caso donde no podrá cotejar el ejemplar, pero la o el elector podrá votar.
Las y los ciudadanos no pueden votar con el "DNI en tu celular"; el pasaporte; constancia de DNI en trámite, con un ejemplar anterior al que figura en el padrón.