La autoridad de mesa debe facilitar la emisión del voto de las personas con discapacidad, sea esta permanente o temporal.
Si un ciudadano o ciudadana presenta algún inconveniente para seleccionar su opción electoral o para firmar en el padrón, consúltele si requiere ayuda y de qué modo puede facilitar el proceso.
En el caso de que una persona no supiera o no pudiera firmar, lo hará usted y asentará tal situación en el espacio de observaciones.