Capítulo 2: Jornada electoral.

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Calificación de votos


VOTOS VÁLIDOS
, son regularmente emitidos y se clasifican en VOTOS AFIRMATIVOS y VOTOS EN BLANCO.

a) Votos afirmativos:


La boleta oficializada de una misma y única agrupación política para cada categoría de cargos (lista completa).
Ejemplo de boleta
Cada categoría de cargos tiene una sola boleta oficializada de distinta agrupación política (corte de boleta).Ejemplo de boleta
La boleta oficializada tiene tachaduras, agregados, roturas o sustituciones (borratina), siempre que el encabezado se encuentre intacto.Ejemplo de boleta
En el sobre hay más boletas oficializadas de la misma agrupación política y categoría de cargos. Sólo se computará una y se destruirán las restantes.Ejemplo de boleta

b) Votos en blanco:


El sobre se encuentra vacíoSobre blanco abierto
El sobre contiene un papel (de cualquier color) sin imágenes, textos ni objetos extraños.Sobre blanco con papel introduciendose
El sobre contiene una boleta oficializada, pero le falta el cuerpo correspondiente a una categoría. En ese caso, se considerará voto en blanco solo para esa categoría.Boleta


2. VOTOS NULOS Se emiten mediante boletas no oficializadas, o que contienen defectos formales suficientes como para anular la opción electoral.


En el sobre hay una boleta no oficializada. Por ejemplo, boletas de elecciones pasadas, de otros distritos electorales o falsificadas.Sobre con boleta no oficial
En el sobre junto con la boleta se hallan incluidos objetos extraños a ella, tales como monedas, estampitas, etcétera.Sobre con boleta y estampita de la Virgen
Boletas oficializadas de distintas agrupaciones para un mismo cargo.Boletas oficializadas de distintas agrupaciones
Boletas oficializadas que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contengan, por lo menos, el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir. Es decir, el encabezado está roto o dañado severamente.Boleta oficializada con encabezado roto o dañado

Boletas oficializadas que contienen inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo en los casos de tachaduras, agregados o sustituciones


Boleta oficializada con inscripciones realizadas a mano

3. VOTOS RECURRIDOS Son aquellos cuya validez o nulidad fuera cuestionada en el escrutinio de mesa por algún o alguna fiscal. 


En este caso, el o la fiscal que recurre deberá: 

  • Fundamentar su pedido con una “expresión concreta de la causa”. 

  • Asentar tales motivos en el formulario especial provisto por la Justicia Nacional Electoral. 

  •  Consignar sus datos, nombre y apellido, número de documento cívico, domicilio y agrupación política, y firmar el formulario. El formulario se adjuntará a la boleta y al sobre respectivo para ser enviado a la Junta Electoral Nacional respectivamente.