Los ciudadanos y ciudadanas que: • Se encuentren inscriptos e inscriptas en el padrón y posean documento habilitante. • Exhiban un documento cívico igual o posterior al que consta en el padrón. • Se presentan con el DNI tarjeta que tiene la leyenda “no válido para votar”. En ese caso, las autoridades de mesa no podrán cotejar el ejemplar pero deberán permitirle votar.