Capítulo 7. Confección de la documentación

Sitio: Plataforma de Aprendizaje Virtual - Punto Digital
Curso: Autoridades de Mesa de Electores y Electoras Residentes en el Exterior
Libro: Capítulo 7. Confección de la documentación
Imprimido por: Invitado
Día: lunes, 20 de abril de 2026, 17:17

Confección de la documentación

En cada una de las actas de escrutinio correspondientes a cada distrito electoral se consignará:


  1. Cantidad, en letras y números, para cada una de las categorías de cargos de los sufragios logrados por cada uno de los respectivos partidos, el número de votos nulos, recurridos y en blanco.
  2. Su nombre, el del vicepresidente o vicepresidenta (vocal) y fiscales que actuaron en la mesa con mención de los que estuvieron presentes en el acto del escrutinio o las razones de su ausencia. El o la fiscal que se ausente antes de la clausura del comicio suscribirá una constancia de la hora y motivo del retiro y en caso de negarse a ello, se hará constar esta circunstancia firmando otro u otra de las fiscales presentes. También se dejará constancia, de su regreso.
  3. La mención de las protestas que formulen los o las fiscales sobre el desarrollo del acto eleccionario y las que hagan con referencia al escrutinio.
  4. La hora de finalización del escrutinio:

Será suscripta por las autoridades de la mesa y los o las fiscales. Si algunos de ellos o ellas no estuviera presente o no hubiere fiscales nombrados o nombradas, o se negaren a firmar, usted dejará constancia circunstanciada de ello.


Además del acta referida y con los resultados extraídos de la misma, extenderá en el formulario que se remitirá al efecto, un "certificado de escrutinio" que será suscripto por usted, el o la vicepresidenta y los o las fiscales, dejándose constancia circunstanciada si alguien se niega a firmarlo.


Luego, entregará a las y los fiscales que lo soliciten un certificado del escrutinio. 


En el acta de cierre de comicio se deberán consignar cuantos fueron expedidos y quiénes los recibieron.



Entrega de documentación y devolución del material electoral

En primer lugar, entregará a la autoridad diplomática o consular de los comicios una copia del certificado de escrutinio y luego los elementos ordenados como se indica a continuación:


1. SOBRE Nº 1: 

  • Acta de apertura y cierre.
  • Padrón utilizado. 
  • Certificados de escrutinio.

2. SOBRES Nº 2:

Deberá contar con un SOBRE Nº 2 por cada distrito (provincia o Ciudad Autónoma de Buenos Aires) para el cual registre votos y cada uno de ellos debe contener:

  • La totalidad de las boletas usadas por los electores y electoras de un determinado distrito para el cual se registren los votos.
  • Las actas de escrutinio de dicho distrito, separadas por categorías y con la firma de la autoridad diplomática o consular.

3. SACO DE TELA PARA ENVÍO:

  • El SOBRE Nº 1.
  • Todos los SOBRES Nº 2 utilizados.


Realizado todo lo anterior, el presidente o la presidenta de mesa informará a la autoridad diplomática o consular de los comicios todos los detalles del acto y le entregará la saca de tela para envío. También los certificados de escrutinio para ser transmitidos inmediatamente a la República Argentina por vía electrónica segura.