Capítulo 2
| Sitio: | Plataforma de Aprendizaje Virtual - Punto Digital |
| Curso: | Autoridades de Mesa de Electores y Electoras Residentes en el Exterior |
| Libro: | Capítulo 2 |
| Imprimido por: | Invitado |
| Día: | lunes, 20 de abril de 2026, 17:17 |
¿Qué elegimos?
¿Quiénes pueden votar?
Pueden votar las y los electores que figuren en el padrón electoral y acrediten su identidad con el documento.
¿Cuáles son los documentos válidos para votar?
Tenga en cuenta que si usted, la o el vicepresidente de mesa o las y los fiscales dudan de la identidad de una o un ciudadano no podrá negarle el derecho a votar, pero sí podrá interrogarlo o efectuar el procedimiento para voto de identidad impugnada. Por otra parte, si se presenta un elector o electora y en el padrón se encuentra grisado, como “ausente por desaparición forzada”, deberá realizar el procedimiento para el voto de identidad impugnada.
¿Quiénes no pueden votar?
No podrán votar quienes...
- ...no figuren en el padrón de la mesa.
- ...no presenten documento habilitante.
- ...figuren en el padrón anulados o anuladas por la Justicia Nacional Electoral aunque aleguen error.
- ...presenten un documento anterior al que figura en el padrón.