Capítulo 3: Apertura y desarrollo del acto electoral.
2. Los requisitos para votar son:
- Estar inscripto o inscripta en el padrón de la mesa: No podrá agregarse al padrón a ningún elector o electora, fiscal, Autoridad de Mesa ni personal afectado a los comicios. Quien no esté inscripto o inscripta en el padrón no podrá votar.
Presentarse con documento habilitante para votar:
- El ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón.
- El DNI tarjeta que tiene la leyenda “no válido para votar” es un documento válido para votar. Es el único caso donde no podrá cotejar el ejemplar, pero la o el elector podrá votar.
- Las y los ciudadanos no pueden votar con el "DNI en tu celular"; el pasaporte; constancia de DNI en trámite, con un ejemplar anterior al que figura en el padrón.